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Unidad de Trámites Previsionales

Beneficio extraordinario para agentes retirados y pensionados

El beneficio está destinado a agentes retirados y pensionados comprendidos en la Ley L N° 679.

Este beneficio extraordinario, establecido por ley, tiene como objetivo reconocer y compensar eventuales diferencias surgidas por el concepto de zona desfavorable en los haberes de agentes retirados y pensionados del régimen de la Ley L N° 679.

¿A quién está dirigido?

A agentes retirados y pensionados comprendidos en la Ley L N° 679, que actualmente se encuentren en esa condición. El beneficio también alcanza a quienes se hayan retirado en los últimos tres años, aunque en estos casos se abonará de manera proporcional al tiempo de retiro.

¿En qué consiste?

Se otorgará un pago único y extraordinario, en compensación por posibles diferencias surgidas por el concepto de zona desfavorable. Este pago no implica una obligación previsional permanente por parte del Estado provincial.

¿Cuál es el monto?

El monto del beneficio varía según el cargo escalafonario al momento del retiro, y está determinado en el Anexo I de la ley.

¿Cómo saber si me corresponde?

Los interesados pueden realizar una consulta a través del siguiente formulario. Serán respondidas al correo electrónico declarado en el formulario, detallando si corresponde, cuál es el monto y qué pasos seguir para obtener el beneficio.

Completar con todos los datos


* El campo es obligatorio

*Este formulario tiene carácter de declaración jurada.

** Para acceder al beneficio, será necesario firmar un desistimiento de cualquier reclamo administrativo o judicial vinculado al concepto de zona desfavorable por períodos anteriores a la ley.

Información adicional

Ley Provincial Nº 5783. Otorga el pago de un beneficio extraordinario por única vez a favor de los agentes retirados y pensionados de la ley L nº 679 -Personal Policial de la Provincia de Río Negro-.

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